viernes, 8 de febrero de 2013

ES NUESTRA OBLIGACION (ENTRADA 6)

Hola compañeros blogeros otro viernes mas para publicar algo,en este caso de obligacion para todos los ciudadanos que son las ENFERMEDADES DE DECLARACION OBLIGATORIA  que los servicios medicos obligatoriamente tienen que notificar a las autoridades sanitarias,especialmente a los SERVICIOS DE ENFERMEDADES INFECCIOSAS Y CONTROL DE BROTES,estos sistemas varian de unas comunidades a otras debido a que existen factores humanos y climatologicos que hacen cada comunidad distinta,como ejemplo podemos ver las enfermedades obligatorias de la comunidad de madrid y andalucia

 

6. EDO de notificación semanal con datos epidemiológicos básicos

Las enfermedades objeto de declaración obligatoria semanal con datos epidemiológicos básicos son las siguientes:
Brucelosis +

Disentería

Enfermedad neumocócica invasora+

Fiebre tifoidea y paratifoidea

Hepatitis A

Hepatitis B

Hepatitis víricas, otras

Infección gonocócica

Legionelosis +

Leishmaniasis +

Lepra + *

Meningitis vírica +

Paludismo +

Parotiditis

Rubéola

Rubéola congénita + *

Sífilis

Sífilis congénita + *

Tétanos

Tétanos neonatal + *

Tos ferina

Tuberculosis respiratoria + *

Tuberculosis, otras + *
+  Enfermedades con formulario de notificación específico
* Enfermedades incluidas en sistemas especiales de registro

Cómo se realiza la notificación semanal:
Estas enfermedades deben notificarse semanalmente al Servicio Territorial de Salud Pública correspondiente o al Servicio de Epidemiología de la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid. Se recogerá el conjunto básico de datos que aparece en los formularios de notificación oficiales.

En Atención Primaria, en el año 2012, ha quedado automatizada la declaración semanal de enfermedades diagnosticadas en Atención Primaria y que hayan sido registradas como EDO en la historia clínica informatizada. Esta información sobre EDO cumplimentada es enviada automáticamente desde el sistema informático de historia clínica de Atención Primaria a la Subdirección de Promoción de la Salud y Prevención. Las declaraciones son recepcionadas por las Secciones de Epidemiología de los Servicios Territoriales de Salud Pública.
Otros notificadores diferentes de Atención Primaria tienen que cumplimentar los formularios oficiales. Si se hace en papel, la letra tiene que ser clara. En relación al centro y médico notificador se podrá utilizar el sello o etiquetas. Si durante la semana no se vieran enfermedades sujetas a declaración, se cumplimentará con una X el apartado "en esta semana no se han atendido casos de enfermedades sujetas a declaración obligatoria". Los formularios serán suministrados desde los Servicios Territoriales de Salud Pública.

Para realizar la investigación epidemiológica de determinadas enfermeda­des, las Secciones de Epidemiología de los Servicios Territoriales de Salud Pública podrán solicitar al médico notificador información relativa al proceso notificado.  

 . EDO semanal numérica
La gripe y la varicela son las únicas enfermedades de declaración obligatoria semanal de modalidad exclusivamente numérica.
 Gripe

  Varicela

Cómo se realiza la notificación:
En Atención Primaria ha quedado automatizada la declaración semanal de gripe y varicela si se han registrado como EDO en la historia clínica informatizada. Para otros notificadores, estas enfermedades deben notificarse semanalmente en el apartado correspondiente del formulario de notificación general, indicando el número de casos observados en la semana en curso. Los formularios, se derivarán al Servicio Territorial de Salud Pública correspondiente o al Servicio de Epidemiología de la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid.
Los formularios serán suministrados desde los Servicios Territoriales de Salud Pública.

 
Botulismo +


Cólera +


Difteria +


Encefalopatías espongiformes transmisibles humanas + * 1


Enfermedad Invasiva por  Haemophilus influenzae +


Enfermedad Meningocócica +


Fiebre Amarilla +


Meningitis bacteriana, otras + 


Parálisis fláccida aguda (menores de 15 años)+


Peste +


Poliomielitis +


Rabia +
____________________________________________________________________

Rubéola +


Sarampión +


Tifus exantemático +


Triquinosis +
+Enfermedades con formulario de notificación urgente específico
* Enfermedades incluidas en sistemas especiales de registro
Notificar en un plazo de 48 horas desde su diagnóstico

Además de las enfermedades incluidas en esta lista, son de declaración urgente los brotes de cualquier etiología.
La notificación de cualquier enfermedad de declaración urgente da lugar a una investigación epidemiológica y a la toma de medidas de control si procede. La investigación epidemiológica se realiza por la Sección de Epidemiología del Servicio Territorial de Salud Pública que corresponda, que solicitarán información complementaria que se precise.

Cómo se realiza la notificación urgente:
Estas enfermedades deben notificarse el mismo día en que se sospecha el caso por el medio más rápido posible (fax o teléfono preferentemente). La notificación se realizará a los Servicios Territoriales de Salud Pública o al Servicio de Epidemiología de la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid, con los datos de identificación del enfermo y del médico notificador y la información más relevante. Posteriormente se cumplimenta el formulario específico de la enfermedad y se envía por los circuitos habituales. En los casos de brote, se deberá recoger la fecha de aparición, colectivo y número de afectados, así como los datos personales (incluyendo teléfono) de alguno de los casos.
 Para realizar la investigación epidemiológica de las enfermedades urgentes, desde la Sección de Epidemiología de los Servicios Territoriales de Salud Pública se podrá solicitar al médico notificador información complementaria relativa al proceso notificado


En este enlace teneis las enfermedades de declaracion obligatoria de andalucia mirad y comparadlas

Si quereis ver lo que nos pone malos pinchad


Si quiers saber desde que esta legislado pincha en este





Y ESO ES TO ESO ES TODO AMIGOS

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